MUNICIPIOS

Columna ASÍ OPINA ANSELMO ZARAGOZA

Columna ASÍ OPINA

ANSELMO ZARAGOZA

LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Se llevaron a cabo en toda la demarcación del Estado de México, la jornada electoral en la que se eligieron a las Autoridades Auxiliares y a los Consejos de Participación Ciudadana (COPACIS), hecho que no pasa inadvertido para un servidor y para un sin número de ciudadanos y habitantes de los diferentes municipios de la entidad, ya que estos  representan la máxima expresión de la democracia participativa que tienen los ciudadanos para poder formar parte en los asuntos públicos.

Entendiendo que la democracia es una forma de organización social que imputa la titularidad del poder al pueblo. Sin embargo, para que el pueblo ejerza verdaderamente este poder que el mismo se ha otorgado desde su poder soberano, es necesario que los ciudadanos tomen parte en las cuestiones públicas o que son del interés de todos, ya que la participación permite que las opiniones de cada uno de los integrantes de un país, entidad federativa o municipio sean escuchadas. No importando que sea una democracia directa, representativa, deliberativa o participativa; cualquiera de éstas necesita de la participación de la ciudadanía. En efecto, en la primera, para tomar decisiones y llegar a acuerdos; en la segunda, para formar los órganos de gobierno y elegir a nuestros representantes; en la democracia deliberativa, porque es la forma en que los ciudadanos se hacen escuchar en la toma de decisiones públicas; y en la última, para concurrir con el gobierno en la elaboración y evaluación de políticas públicas.

Pero ¿qué son?  ¿Para qué sirven o qué hacen? Incógnitas que muy pocos saben resolver, inclusive aquellos que han participado o van a participar por primera vez, pues su definición y razón no son muy fáciles de entender.

Los COPACIS son figuras o intentos de democracia participativa que aparecen o nacen dentro de la legislación local de Estado de México en la década de los 90’s., como paliativo a la incipiente o inexistente democracia representativa, deliberativa y/o participativa que se manifestaba no solamente en la entidad sino en el país en general; así como una medida justificadora principalmente para mitigar la gran y grave desigualad política producto del autoritarismo impuesto desde el gobierno federal hasta el municipal sobre el respeto a los ideales democráticos y los derechos políticos del ciudadano que para esa época ya era insostenible.

Tienen la naturaleza jurídica de órganos de promoción y gestión social, razón por la cual se convierten en órganos auxiliares de los ayuntamientos y su deber es coadyuvar para el cumplimiento eficaz de los planes y programas municipales aprobados; promover la participación y colaboración de los habitantes y vecinos en todos los aspectos de beneficio social; y proponer al Ayuntamiento la creación o modificación de actividades, acciones, planes y programas municipales.

Como conclusión debo resaltar que la participación ciudadana no aparece mágicamente en un régimen democrático, ya sea porque se incorpore en una ley, un reglamento o se publique una convocatoria. La democracia participativa para poder existir, el Estado debe construir las condiciones que permitan efectivizarla, respetando los derechos político electorales del ciudadano, sus garantías constitucionales, implementando efectivamente los canales institucionales y jurídicos en los que habrá de desarrollarse, garantizar en todo momento su transparencia y máxima publicidad para ganar la confianza por parte de los ciudadanos hacia las instituciones democrática.

Por tanto, sea el tipo de democracia que sea, lo cierto es que necesitamos de la participación de los ciudadanos para que el gobierno tenga razón de ser y se convierta verdaderamente en el gobierno del pueblo con el pueblo y para el pueblo.