TOLUCA, México.- Como parte de sus labores legislativas, Comisiones Unidas del Congreso local aprobaron de manera unánime sancionar con penas de tres a seis años de prisión a quien por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, exponga, envíe, fotografíe, oferte, reproduzca, transmita o videograbe, imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que éstos presentan.
Las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y Especial para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición integraron en un solo dictamen las cuatro iniciativas de reforma y adición al Código Penal presentadas en diferentes momentos por diferentes diputadas y diputados.
La reforma establece que, tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad, es decir hasta nueve años.
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