MUNICIPIOS

Prioriza gobierno de Atizapán de Zaragoza cuidado del agua y justicia cívica en el Bando Municipal 2025

*** El alcalde Pedro Rodríguez Villegas, señaló que este documento representa un compromiso firme con el desarrollo de las familias de Atizapán de Zaragoza. “Invito a que, juntos, ciudadanía y gobierno, sigamos construyendo un Atizapán próspero y seguro”.

ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, México.- Con un llamado a trabajar juntos por un municipio cada vez mejor, el alcalde Pedro Rodríguez Villegas, acompañado por miembros del  Cabildo, promulgó el Bando Municipal 2025, el cual introduce importantes modificaciones en materia de justicia cívica y cuidado del agua.

Al respecto, el Presidente Municipal, señaló que este documento fundamental, columna vertebral de la gobernabilidad y la convivencia ciudadana, representa un esfuerzo conjunto por construir un municipio más próspero, seguro y en armonía para todas las familias atizapenses, al tiempo que se adapta a los retos y oportunidades del futuro. Establece las normas y disposiciones que rigen la vida en el municipio, promoviendo el orden, la seguridad, el desarrollo sostenible y el bienestar de todos los ciudadanos.

El edil, reiteró que este documento representa un compromiso firme con el desarrollo de las familias de Atizapán de Zaragoza. Invito a que, juntos, ciudadanía y gobierno, sigamos construyendo un Atizapán próspero y seguir, “los invito a que seamos ciudadanos responsables y ejemplares en el cumplimiento y respeto de nuestras normas”.

Dentro de los aspectos más destacados del Bando Municipal 2025, está el fortalecimiento de la justicia cívica, a través de estrategias y acciones coordinadas para garantizar la tranquilidad y protección de los ciudadanos, así como el pago de multas a través de trabajo comunitario; la protección del medio ambiente y bienestar animal, estableciendo medidas y acciones para preservar y conservar los recursos naturales, así como promover un entorno saludable para las mascotas, y sanciones por el mal uso del agua, que incluyen desperdiciar o utilizar indebidamente el agua en cantidad excesiva o permitir que se derrame sin un uso apropiado, así como restringir o impedir su acceso a quienes lo necesiten en tuberías, tanques o tinacos almacenadores, regar con agua potable prados, césped, jardineras, árboles y plantas de ornato cultivadas en tierra firme o macetas entre las 9:00 y las 18:00 horas, salvo cuando se utilice agua tratada y lavar directamente con manguera banquetas, calles, pisos, alfombras, paredes, ventanas, canceles, puertas, rejas, cercas, cortinas metálicas, plásticas o de madera, techos, azoteas, vehículos o muebles.