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Propone Ingrid  Schemelensky a nombre del GGPAN penas más severas para reclutadores de menores de edad para la delincuencia

TOLUCA, México.- Debido al incremento de menores dentro de las filas de la delincuencia, la diputada Ingrid Schemelensky, presentó a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional en la LXI Legislatura, una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de México con el propósito de sancionar a las personas que faciliten, adiestren o recluten a niñas, niños y adolescentes para el manejo de armas y su involucramiento en hechos constitutivos de delito, garantizando con ello el interés superior de la niñez y adolescencia.

La diputada del PAN, señaló que este es un problema público que debe atenderse y visibilizarse de manera urgente, ya que se constituye como una más de las formas de violencia contra la niñez mexiquense que afectan su desarrollo pleno y les trae consecuencias graves y devastadoras, además de que durante el último año en el Estado de México, se han incrementado en 10 por ciento los casos de niños y adolescentes involucrados en procesos judiciales y de acuerdo a registros, anualmente, en el Edomex se dictan entre 250 y 300 sentencias a adolescentes en materia de justicia por delitos como robo, daños contra la salud, secuestro y homicidio.

Por ello, señaló, que con dicha iniciativa se plantea reformar el primer párrafo, y la fracción III; adicionar un segundo párrafo a la fracción II y un último párrafo al artículo 204 del Código Penal del Estado de México. De tal forma que el artículo 204, quedaría en su primer párrafo: quien comete el delito contra las personas menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho al que por cualquier medio, obligue, procure, induzca, adiestre o facilite a una persona menor de edad o quien no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo, a realizar las siguientes conductas.

Al formar parte de una asociación delictuosa o pandilla, se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, además, quien lleve a cabo el reclutamiento o utilización de menores de edad para la comisión de las actividades objeto de las organizaciones delictivas se le impondrá la pena antes señalada.

Asimismo, fabricar, portar, usar o traficar armas prohibidas sin un fin licito, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de quinientos a dos mil días multa.

En la misma sesión, el GPPAN, presentó un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud federal para que se implemente en los 125 municipios del estado de México las acciones necesarias de acceso a los programas de detección oportuna de cáncer de mama y en su caso, canalización para su posterior tratamiento.